Wednesday, June 18, 2008











Experto cuestiona sistema electoral latinoamericano, lo compara con el europeo


El especialista en sistemas electorales europeos y en derecho constitucional Krystian Complak cuestiona el que en los países latinoamericanos la organización de las elecciones, hasta su etapa final, esté concentrada en un mismo organismo, a diferencia de las naciones europeas, donde la supervisión es delegada y traspasada a entidades regionales y provinciales que actúan en coordinación con el gobierno central.

Señala que los sistemas utilizados en los países europeos ofrecen toda la garantía de transparencia y exactitud necesarias para unas elecciones democráticas y cuentan con la aceptación y la confianza del pueblo. Por otra parte, el modelo de conteo y control se realiza con rapidez gracias a sistemas coordinados con cada una de las delegaciones gubernamentales.

“Aquí, por lo que yo veo, todo se quiere concentrar en un mismo organismo, y en ese organismo está organizado todo el proceso electoral hasta el final. Es decir, hasta el dictamen o la resolución definitiva de todas las controversias electorales.

Es otra concesión de lo que debe ser y de cómo hay que organizar los comicios generales”, refirió Complak al ser entrevistado por el director de El Caribe, Manuel A. Quiroz, al participar como invitado en el Almuerzo Semanal de Multimedios del Caribe.

El experto, de origen polaco, señala que en esas sociedades los tribunales electorales son independientes de otros órganos judiciales y sus pronunciamientos y sentencias son definitivos al no poder ser revocadas por ningún otro estamento judicial.

Complak aludió que considerando los tres poderes fundamentales del Estado como son el Legislativo, Ejecutivo y Judicial, el sistema latinoamericano incorpora un “cuarto poder” el cual atribuye al organismo que controla el sistema electoral.

“En Europa, podría decir que en este punto, tomando como referencia la organización de un cuarto tipo de poder, tenemos un cierto retraso.

Somos más tradicionales y seguimos con el sistema viejo de organización de edificación de los poderes, por los mismos poderes que están organizando o están comprobando los resultados electorales”, dijo.

Complak señaló que la organización de las elecciones pertenece prácticamente al poder exclusivo de las administraciones de la gran mayoría de los países europeos.

En Polonia, por ejemplo, la confección del registro de electores lo preparan las autoridades locales de diferentes comarcas, lo que, a su juicio, tiene ciertas ventajas y el modelo no es cuestionado por la población.

“El problema es que nosotros tenemos otra concepción de lo que es la organización y realización de elecciones. En nuestros países no tenemos lo que aquí, en América Latina le llaman el cuarto poder y también electoral”, expuso.

Indicó que en Europa, ahora en el siglo XXI, se está pensando en desarrollar ciertos mecanismos institucionales, en el sentido de que existan organismos judiciales de carácter imparcial.

Complak citó que “hasta ahora, por ejemplo, en Francia y otros países la organización de las elecciones pertenece prácticamente al poder exclusivo de las administraciones, y en Polonia el registro de electores también es preparado por las autoridades locales.

Constituyente. Al preguntarle cuáles aspectos cree se deben tomar en cuenta al introducir cambios en la Constitución dominicana, dijo que aunque no le gusta opinar sobre asuntos internos de un país, hay puntos de referencia y principios que pueden analizarse, como elegir un cuerpo representativo con poderes especiales que apruebe las modificaciones a la Carta Magna, sin necesidad de convocar a las asambleas constituyentes, como ocurre en Europa.

“En Europa no tenemos esa costumbre tan marcada como aquí y en América Latina de convocar a las asambleas constituyentes. Las nuevas leyes siempre las aprueban los parlamentos regulares que se dedican al mismo tiempo a sus tareas legisladoras.

Por ejemplo, en Polonia, al cabo de 10 años hemos aprobado una constitución, la aprobó un parlamento regular que trabajaba de manera regular”, explicó Complak.

Además, dijo, la constituyente elige de su seno, es decir de las cámaras legislativas, una comisión constitucional, compuesta del 10% de los senadores y de los diputados.

En total, 56 personas trabajaban de manera permanente durante el término de esos cuerpos legislativos, que es de cuatro años, sobre la constitución y ellos aprueban el tema.

En Francia, la famosa Constitución de Gaulle fue aprobada en 1958 fuera del parlamento por una comisión referencial. Inclusive, dijo Complak, era una constitución otorgada y dictatorial, cuyos 50 años serán celebrado al final del 2008, sirve en Europa como un cierto modelo para construir otras cartas magnas en los países que se liberaron del comunismo.

Explicó que el modelo francés es el presidencialismo no acabado, que sirvió como una pauta para preparar el tipo de régimen o el sistema de gobierno de ese país.

“Y por eso, yo digo que en Europa no es tan frecuente usar una convocatoria de una asamblea especial para aprobar leyes”, indicó.

Dijo que de lado o por fuera el fuero legislativo aprovecha las elecciones parlamentarias regulares para formar en el mismo seno de este parlamento un grupo que prepare esa Constitución.

Explicó que lo mismo pasó en Suiza recientemente y en otros países. “Específicamente, me refiero a los del antiguo campo socialista, porque ellos aprobaron en la década pasada muchas reformas constitucionales, partiendo desde cero, a partir de 1990.

“Pero lo que sucede en estos países se puede decir que hay una cierta característica modelo, que esas constituyentes están aprobadas por los parlamentos regulares, que trabajan, que son normales o también se somete a la votación popular, es decir, a los referéndum, y eso, se dice, que da más legitimidad a esas leyes aprobadas sin esas constituyentes”, refirió Complak.

Requisitos para jueces

El especialista considera que los miembros de los tribunales constitucionales deben tener como requisito para ocupar el puesto, amplio conocimiento jurídico y una reconocida labor en ese ámbito. Dijo que en Europa este problema está resuelto porque así se consigna en todas las constituciones.

“Puede ser que una formulación difiera un poquito, pero se requiere una persona de reconocido saber jurídico y éste se puede obtener de diversas formas: puede ser un profesor, un antiguo defensor del pueblo, un conocido jurista, pero tiene que tener una trayectoria como jurista”, afirmó Complak.

Aunque, asegura que la mejor forma es la selección al azar, ya que no hay una fórmula que establezca quien tiene mayores condiciones para el cargo. Indicó que la selección al azar no es posición adoptada en ningún país del mundo, ya que todos los miembros son elegidos por el parlamento, que está compuesto por los partidos políticos, y por ende, todos tienen intereses constitucionales.

Expresó que en Francia no se exige la educación jurídica, porque su famoso consejo constitucional puede conformarlo un artista o un dentista.

“La solución transversal radica en la encrucijada en cuanto a la selección de los mejores miembros constitucionales”. Citó el caso de España que “tiene en estos momentos un gran problema, porque no tuvieron por un año a un presidente.

Hubo muchos problemas para integrar un tribunal constitucional por desavenencias políticas para escoger un candidato que corresponda a esos requisitos, que son sujetivos”, afirmó el experto.

Y que en definitiva, son determinados por los partidos políticos por diferentes razones de conveniencias políticas”, afirmó el experto en derecho constitucional y electoral.

Grandes trayectorias

Krystian Complak es un reconocido constitucionalista polaco, profesor de la Universidad de Wroclaw, y estudioso de los fenómenos políticos de Latinoamérica. Desde 2002 hasta el 2003 fue miembro de la Asociación de Facultades de Derecho en Europa (Elfa), con sede en Lovaina.

Es profesor honorario de la universidad de San Martín de Porres, en Lima (Perú). Es miembro de varios consejos y comités editoriales de revistas jurídicas de universidades e instituciones científicas.

latinoamericanas, entre ellas, la Revista Iberoamericana de Derecho Procesal Penal Constitucional, Proceso y Constitución, Cuestiones Constitucionales y la revista Latinoamericana de Estudios Constitucionales.

Para el experto en materia constitucional, Krystian Complak, es recomendable que la justicia electoral no esté concentrada en un sólo organismo, como es usual en los países de América Latina, ya que esto puede generar diversos problemas.

En cuanto a la incertidumbre en torno a las elecciones, dijo que no tiene ese sentimiento de indecisión porque en Europa la gran mayoría de la población acepta los resultados.

“En Polonia, específicamente, no tenemos ese sentimiento de duda y los que no están contentos son una minoría”, dijo, tras considerar que los tribunales constitucionales deben estar integrado por personas con amplios conocimientos jurídicos y que no estén ligados a intereses políticos.

El experto, que estuvo de visita en el país para ofrecer varias conferencias sobre derecho constitucional en la Universidad Católica Madre y Maestra, indicó que el sistema económico se inclina hacia la industrialización.

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