Thursday, June 02, 2011
Hacienda explica medidas contenidas en reforma
Santo Domingo.-El proyecto de reforma enviado al Congreso Nacional también elimina incentivos otorgados por el gobierno a sectores productivos, según un informe comparativo de las medidas propuestas por el Ejecutivo, del Ministerio de Hacienda.
El proyecto deroga la Ley 56-07, que declara prioridad nacional los sectores de la cadena textil, confección y accesorios, pieles, fabricación de calzados de manufactura de cuero, de forma que en adelante paguen el Impuesto Sobre la Renta.
Asimismo reduce de n 100% a un 50% los impuestos internos que deben pagar las empresas acogidas a la Ley 28-01, que crea una zona especial de desarrollo fronterizo, mientras estén vigentes los 20 años de las exenciones contempladas en la ley, con excepción del ISR y el impuesto sobre los activos.
También modifica la Ley 158-01, sobre incentivos turísticos, en su artículo 4, para que en lo adelante paguen ISR, después que se exoneren múltiples impuestos nacionales, municipales, aranceles, ITBIS, y otros.
Otros cambios
La Ley 18-88, sobre Vivienda Suntuaria y Solares Urbanos no Edificados (IVSS) establece el pago de un 1% sobre el total de los inmuebles a partir de RD$6 millones y ahora se modifica la parte para que sea sobre el valor total de los inmuebles, luego de la exención anual y cuyo tributo será ajustado por la inflación anual.
El 10% sobre los dividendos será un pago definitivo.
El proyecto crea el 1% sobre el valor de los activos financieros, sujeto a ser pagado en dos cuotas anuales, “venciendo la primera en la fecha límite para el ISR y la segunda en un plazo de seis meses a partir del vencimiento de la primera cuota”. Asimismo, establece una retención de 5% ó 10% a los proveedores de bienes y servicios del Estado.
El 10% a los servicios de telecomunicación por cable (telecable) también es nuevo, así el mecanismo de pago por las licencias de juegos de azar, incluyendo casinos, ya que gravará con un 10% las ventas brutas las operaciones de las másquinas tragamonedas.
Los titulares de licencias de juegos por la vía telefónica deberán pagar un 10% mensual de sus ventas brutas, así como también un 10% en las operaciones de juegos que se realicen por la internet, “tomando en cuenta la dirección de internet autoridada por el Ministerio de Hacienda”.
Publicado por Pablo Graciano Cruz en 9:10 AM
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